
«¿Puede mi vecino obligarme a cortar el seto?» «¿A qué distancia puedo plantar mis leylandis de la valla?»
Estas son las preguntas que más conflictos generan en las urbanizaciones de la Comunidad de Madrid. Un seto precioso puede convertirse en una pesadilla legal si no se respetan las distancias del Código Civil.
En Leylandii.es no somos abogados, somos viveristas expertos, pero conocemos la normativa al dedillo porque lidiamos con ella a diario. En esta guía unificamos el Código Civil (estatal) y las Ordenanzas Municipales típicas de Madrid para que tengas tu jardín 100% legal y a prueba de denuncias.
La Distancia de Plantación
Según el Artículo 591 del Código Civil, si no hay una ordenanza municipal específica en tu ayuntamiento (Pozuelo, Las Rozas, Majadahonda…), las distancias mínimas a respetar desde la línea divisoria con el vecino son:
🌳 Árboles Altos
A 2 metros desde la valla. (Aquí entran pinos, y todo tipo de árboles de gran porte, compuestos de tronco y copa, (Moreras, Prunus, Castaños de Indias, et.)
🌿 Arbustos y Setos Bajos
A 50 centímetros desde la valla. (Aquí entran todas aquellas especies arbustivas como, Leylandis, Cipreses, Ligustrum, Photinia, Laureles, Durillos, etc.)
💡El «Matiz» y la Recomendación
Aunque el Leylandii se considera seto, puede crecer como un árbol.
Si lo plantas a 50 cm: Estás obligado legalmente a mantenerlo podado como seto (bajo) y que las ramas nunca invadan el vuelo de la propiedad vecina.
Nuestra Recomendación Profesional: Plántalos a 60-70 cm de la valla. Esos 10 cm extra te darán la vida para poder podar la cara trasera sin tener que pedir permiso al vecino para entrar en su parcela.
La Altura Máxima Permitida
Aquí es donde suele haber más confusión. El Código Civil no especifica una altura máxima exacta para los setos vivos, PERO las Ordenanzas Municipales de Madrid sí suelen hacerlo.
- La Regla General: La mayoría de ayuntamientos permiten setos vivos de hasta 2,5 metros de altura en el perímetro.
- El Derecho de Luces y Vistas: Si tu seto crece tanto que quita la luz al vecino o le genera una sombra perpetua insalubre, un juez podría obligarte a bajarlo, aunque esté a la distancia correcta.
💡 Consejo: Mantén tu seto entre 2,0 y 2,5 metros. Es altura suficiente para tener privacidad total y rara vez genera problemas legales.
🚫El vecino NO puede
- Cortar tus ramas: Si tu vecino coge la tijera y corta las ramas de tu árbol que entran en su casa, te está dañando la propiedad. Es ilegal.fo
✂️El vecino SÍ puede
- Exigirte que las cortes: Tiene derecho a reclamarte (primero amistosamente, luego por burofax) que seas TÚ quien corte esas ramas al ras de la linde.
- Raíces invasoras: Si son raíces lo que invade su suelo, el vecino sí tiene derecho a cortarlas por sí mismo dentro de su propiedad.

El Mito del «Derecho de Paso» para Podar
«Tengo que podar mi seto por detrás, ¿está obligado el vecino a dejarme pasar a su jardín?»
La respuesta corta es: NO. El llamado «derecho de paso» o «servidumbre de andamiaje» es para obras de construcción/reparación, no para mantenimiento de jardinería. Si te llevas mal con el vecino y no te deja pasar, tendrás un problema grave: tu seto crecerá salvaje por su lado.
✅ La Solución Preventiva: Por eso insistimos tanto en plantar a 70-80 cm de la valla. Si dejas ese pasillo (aunque sea estrecho) dentro de tu propiedad, podrás podar ambas caras sin depender de la buena voluntad de nadie.
Resumen: Checklist para un Seto Legal
Antes de plantar, verifica:
- ✅ Distancia: Mínimo 50 cm a la valla (mejor 70 cm).
- ✅ Especie: Elige plantas que admitan poda fuerte (Leylandii, Laurel).
- ✅ Mantenimiento: Poda anualmente para que las ramas no invadan la parcela colindante.
Tienes dudas sobre qué especie elegir para formar un Seto Útil y Bello ?




